conciliaciones

Te asistimos y representamos en los actos de conciliación previa (CMAC) para alcanzar el mejor acuerdo posible con tu empresa sin necesidad de llegar a juicio, agilizando los tiempos y reduciendo tu desgaste emocional.

Qué incluye

preguntas frecuentes

Es el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación. La ley exige de forma obligatoria que el trabajador y la empresa intenten llegar a un acuerdo amistoso mediante este trámite administrativo antes de poder presentar una demanda formal ante los Juzgados de lo Social.

Si la empresa está debidamente citada y no comparece, el acto se celebra «sin avenencia» por incomparecencia. Esto te deja la vía libre para interponer la demanda judicial. Además, el juez puede imponerle una multa a la empresa por mala fe procesal y obligarla a pagar parte de tus costes de abogado.

El acta de conciliación firmada «con avenencia» (con acuerdo) tiene la misma fuerza legal que una sentencia dictada por un juez. Si la empresa firma el acuerdo pero luego incumple los plazos de pago acordados, podemos acudir directamente al juzgado para ejecutar los embargos de forma inmediata.

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